sábado, 15 de mayo de 2010

NUEVA LEY PROCESAL LABORAL

El Congreso de la República mediante Ley 29497, denominada Nueva Ley Procesal de Trabajo, busca responder al carácter tuitivo del derecho Laboral, o en todo caso, esta ley debiere responder a este principio; pero, es recién a partir de julio del presente baño que entrará en vigencia y no en todos los distritos judiciales, sino en algunos de ellos, de la misma manera que se hace con el Nuevo Código procesal Penal, y ello, a fin de pulir las deficiencias que este nuevo proceso pudiese originar. Si bien es cierto, esta ley aún no entra en vigencia, ya se pueden observar beneficios y deficiencias en ella, como las que existen en toda ley; no obstante, consideramos importante se sigan realizando estudios respecto a las bondades y errores de la misma, y ello, con la finalidad de que, ya en práctica perjudique en la menor medida a la clase trabajadora. De otro lado, creemos que esta nueva ley y cualquier otra que sobre la materia se emita deben responder a la defensa de los derechos de los trabajadores, los que mínimamente merecen un proceso digno y respetuoso de los derechos de defensa, igualdad, por mencionar sólo algunos; asimismo, no se debe de aprovechar las necesidades de lo0s trabajadores para conseguir fama o popularidad o beneficios personas, a su ve, no se debe esperar la presión de los trabajadores para recién emitir leyes laborales, cuando su emisión debiere responder al deseo de protección a sus derechos y no la ya mencionada presión, como la que emitió esta ley, según opinión e algunos. En definitiva, esperamos que esta nueva ley beneficie realmente a la clase trabajadora, ya maltratada y relegada por nuestra legislación, ojalá esta nueva ley procesal del trabajo no sea otro obstáculo a los intereses de los trabajadores.

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